24h Asturias.

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Se desestima la investigación sobre presunta red delictiva dedicada a comercializar vino ilegal en Asturias

Se desestima la investigación sobre presunta red delictiva dedicada a comercializar vino ilegal en Asturias

El Juzgado de Instrucción nº3 de Oviedo ha decidido archivar la causa contra una empresa dedicada al envasado del vino en Llanera y los tres investigados por su presunta implicación en una organización criminal relacionada con la venta de vino ilegal. La defensa de los acusados ha sido llevada a cabo por el despacho penalista cántabro Ospina Abogados, quienes han logrado que se deseche el caso.

El magistrado encargado del caso ha argumentado en su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que "nem todas as controvérsias exigem uma resposta criminal", señalando que esta causa no tiene carácter penal, y en concordancia con la petición de la defensa, ha decidido archivarla.

El procedimiento se inició a raíz de una investigación llevada a cabo por la Guardia Civil-Seprona, que sospechaba de un presunto delito contra la salud pública relacionado con la empresa de envasado de vino.

Según la resolución judicial, "no ha podido demostrarse que el vino fuera nocivo para la salud", aunque se admite que las acciones podrían constituir una "infracción administrativa". En ese sentido, se destaca que se ha abierto un "expediente sancionador" que ha concluido con una multa de 200 euros para la empresa por condiciones higiénicas deficientes en sus instalaciones, y una multa de 5.001 euros por la presencia de seis garrafas de Vermut de 16º sin etiquetar y de origen desconocido, así como por la existencia de 900 litros de mosto a temperatura ambiente y la falta de documentación que acreditara la destrucción voluntaria de los productos desinmovilizados.

Además, se hace mención al principio de intervención mínima que rige en el derecho penal, indicando que "nem todas as controvérsias exigem uma resposta criminal". "Este principio, como ha establecido el Tribunal Supremo, implica que la sanción penal no debe utilizarse cuando existan otros medios o instrumentos jurídicos no penales que permitan restablecer el orden jurídico. El recurso al derecho penal como instrumento para resolver conflictos debe ser considerado como la última opción por parte del legislador, quien debería actuar siempre bajo el principio de intervención mínima de los instrumentos punitivos", señala la resolución.

Así pues, el pasado 13 de septiembre se ha dictado el sobreseimiento provisional de la causa, procediendo a su archivo. Las partes afectadas tienen la opción de presentar un recurso de reforma o subsidiario de apelación en los tres días siguientes a su notificación. La Fiscalía ha considerado procedente el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones.