
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha emitido un fallo significativo al acoger el recurso de apelación presentado por el ex sacerdote Jesús María Menéndez, conocido popularmente como 'padre Chus'. Esta decisión anula la sentencia anterior de la Sección Octava de la Audiencia Provincial, dictada el 28 de junio de 2024, y también anula el juicio relacionado con él, sin posibilidad de apelación.
Este pronunciamiento conlleva que se retroceda el proceso judicial a una etapa anterior al juicio oral, permitiendo que el tribunal de primera instancia evalúe nuevamente las medidas que se habían establecido en el Juzgado de Instrucción número 4 de Gijón a partir del 22 de noviembre de 2021. Esta revisión busca aclarar el estado del caso del acusado.
Además, el TSJA ha hecho constar que los costos de este proceso serán asumidos de forma automática, y ha dejado claro que la reciente sentencia no admite más recursos. Cabe recordar que la condena anterior había impuesto al padre Chus una pena de diez años de cárcel por los delitos de corrupción de menores y tráfico de drogas.
En su dictamen, el tribunal considera que la Audiencia debió abordar de manera fundamentada la cuestión del anonimato de los testigos antes del juicio. La legislación vigente en protección de testigos que rige este tipo de procedimientos establece la necesidad de justificar tal decisión, tal como se especifica en el artículo 4.1 de dicha ley.
El fallo judicial menciona que durante el juicio se mantuvo, de manera informal, el anonimato de los testigos, sin que se ofreciera una justificación adecuada para tal decisión, lo que constituye una violación de la ley.
Por ende, la nueva sentencia indica que la Audiencia debe emitir un auto que aborde este asunto de forma debidamente motivada. Dependiendo de esta resolución, si se opta por mantener el anonimato, el caso se enviará de nuevo al TSJA para que evalúe otros aspectos del recurso y las objeciones planteadas por la defensa.
Por otro lado, si la Audiencia decide que los testigos deben ser identificados, esto implicará anular tanto el juicio como la sentencia previas, obligando a un nuevo juicio en otro tribunal. Es importante señalar que esta decisión no afecta a los otros dos condenados que fueron parte del caso.
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