24h Asturias.

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Condenado a 15 años de prisión por abusar y grabar a su ahijado de 4 años en un baño público.

Condenado a 15 años de prisión por abusar y grabar a su ahijado de 4 años en un baño público.

OVIEDO, 12 de junio.

Un hombre ha sido condenado a 15 años de prisión tras admitir haber abusado sexualmente de su ahijado de tan solo 4 años en los baños de un bar en Avilés. Este atroz acto, que el agresor registró con su teléfono móvil, ha causado un profundo impacto en la comunidad y ha resaltado la urgente necesidad de fortalecer las medidas de protección para los menores.

La sentencia se emitió el jueves en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo. El acusado, nacido en 1964, llevó al pequeño a los aseos del establecimiento a las dos y veinte de la tarde del 8 de enero de 2024, aprovechándose de su relación de confianza con la familia para cometer el crime.

Durante el ataque, el hombre despojó al niño de su ropa interior mientras filmaba la escena con la intención de utilizar el material de forma privada. La situación se detuvo únicamente cuando el menor, en medio de su angustia, le pidió que se detuviera. Como resultado de esta experiencia traumática, el niño necesitó tratamiento preventivo para infecciones de transmisión sexual y enfrentó alteraciones emocionales en los días posteriores.

El agresor, quien mantenía una relación cercana con la familia del menor y visitaba su hogar con frecuencia, abusó de esa confianza para llevar al niño al bar bajo la falsa promesa de comprarle un dulce.

Desde el 9 de febrero de 2024, el acusado se encuentra en prisión provisional. Los hechos fueron clasificados como un delito de agresión sexual a un menor de 14 años y un delito de explotación sexual a través de la creación de material pornográfico, con circunstancias agravantes que incluyen el abuso de confianza.

Al reconocer su culpabilidad, el agresor aceptó una pena de 10 años de prisión por la agresión sexual, junto a una serie de medidas de inhabilitación que le prohíben cualquier contacto con menores durante 15 años, además de una libertad vigilada de 6 años y una incapacidad para ejercer derechos de patria potestad y tutela durante 3 años. También se estableció que no podrá acercarse al menor ni a su entorno por un periodo de 15 años.

Por el segundo delito se impusieron 5 años adicionales de prisión y otros 5 años bajo libertad vigilada, así como las mismas restricciones de contacto con menores por 15 años. Además, deberá indemnizar al niño con 12.000 euros como compensación por el daño causado, más los intereses legales aplicables.